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Corte de La Serena ordena a ministerio del interior resolver solicitud de residencia definitiva de ciudadana venezolana

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección deducido en representación de una ciudadana venezolana residente en la comuna de Coquimbo, y ordenó al Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior concluir la tramitación de la solicitud de residencia definitiva, presentado en noviembre de 2019.

En fallo unánime (causa rol 1705-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Christian Le-Cerf, Iván Corono y el abogado (i) Claudio Fernández– acogió la acción de cautela constitucional por considerar ilegal y arbitrario el actuar de la institución.

“(…) de acuerdo a los antecedentes que constan en la tramitación de la presente causa, queda en evidencia el incumplimiento de la normativa que regula la actividad de la Administración, toda vez que la autoridad respectiva ha desconocido la aplicación de los principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad, en tanto ha dilatado la decisión respecto de la solicitud de permanencia definitiva, excediendo el plazo establecido en el artículo 27 de la mencionada Ley N° 19.880”, afirma el fallo.

“(…) la dilación del recurrido en el pronunciamiento sobre la mentada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, obteniendo una respuesta formal en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE la acción constitucional de protección interpuesta por don JUAN PABLO COLLAO ARENAS (…) en contra del DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, y en consecuencia se dispone que la recurrida deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de permanencia definitiva presentada ante ella por la parte recurrente, lo anterior, antes del día 28 de febrero de 2022”.

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