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Corte de La Serena ordena a centro comercial pagar indemnización por robo en estacionamiento

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de apelación presentado por centro comercial en contra de la sentencia que le ordenó pagar una indemnización a cliente que sufrió el robo de especies desde el interior de su automóvil aparcado, en febrero de 2018.

En fallo unánime (causa rol 174-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Caroline Turner, Jorge Corrales y el fiscal judicial Miguel Montenegro– confirmó la sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Policía Local de La Serena, que determinó que la empresa debe pagar al cliente una indemnización de $300.000 (trecientos mil pesos), por concepto de daño moral; y modificó a beneficio fiscal el pago de la multa de 5 UTM (unidades tributarias mensuales).

“Los prestadores de servicios, como grandes tiendas o centros comerciales, que tengan a disposición de sus clientes espacios destinados a estacionar vehículos deben hacerse responsable de su custodia, toda vez que estos espacios privados forman parte del establecimiento de comercio, y es un medio para incentivar la concurrencia al mismo por parte de la clientela a la cual ofrecen sus productos y servicios, siendo complementario a las ofertas de los mismos, sin que puedan eludir la responsabilidad por lo que en ellos ocurra. Así se ha establecido que, en estos casos, se configura un contrato de depósito gratuito dirigido a persona indeterminada, en los que el ofertante – esto es el Mall Plaza S.A. – ofrece a su clientela el resguardo de sus bienes mientras se encuentren utilizando sus servicios en su establecimiento de comercio. En este depósito gratuito es el establecimiento de comercio el único obligado, y quien debe responder por los bienes dejados en sus dependencias.”, sostiene el fallo.

Por tanto, concluye que: “SE CONFIRMA la sentencia apelada, de fecha uno de abril del año dos mil diecinueve, escrita a fojas 94 y siguientes de estos autos, con declaración que la multa a que fue condenada la demandada será a beneficio fiscal”.

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