InicioRegiónSupermercado Lider deberá pagar prestaciones a trabajadora despedida injustificadamente

Supermercado Lider deberá pagar prestaciones a trabajadora despedida injustificadamente

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acogió la demanda laboral interpuesta en contra de la Administradora de Supermercados Hiper Ltda., por la jefa de recepción del local ubicado en la Avenida Francisco de Aguirre de la comuna, quien fue despedida en julio de 2017 por el supuesto incumplimiento grave a las obligaciones del contrato de trabajo.

En el fallo (causa rol 470-2017), la magistrada Roxana Camus acogió la acción judicial presentada por Hilda Paola Ramos Castillo, ordenando a la empresa demandada pagar las prestaciones legales adeudadas a la trabajadora, tras establecer la ilegalidad del despido.

“La empleadora demandada pretende hacer responsable a la demandante por el hecho de haber puesto su sello y firma en los 53 casos de facturas en las cuales existía discrepancia entre la cantidad supuestamente recibida y la cantidad efectivamente entregada, lo que resulta un contrasentido, porque el propio informe señala que esta situación se produjo por la supuesta colusión entre los trabajadores de WALLMART y transportistas de CCU, no pudiendo atribuirse responsabilidad exclusiva a la actora (…) se le está haciendo responsable a la demandante de una situación en la cual no se ha logrado acreditar su participación, por el solo hecho de detentar el cargo de Jefa de Recepción”, sostiene el fallo.

Por lo que, concluye: “SE ACOGE, la demanda, en cuanto se declara injustificado el despido de la demandante, y, en consecuencia, se condena a la demandada, ya individualizada, al pago de las siguientes prestaciones:

a).- Indemnización por años de servicios ascendente a la suma de $11.099.011.
b).- Incremento legal, respecto de la indemnización precedente, ascendente a la suma de $8.879.209 (80%).
c).- Indemnización sustitutiva de la falta de aviso previo ascendente a la suma de $1.009.001.
d).- La suma de $2.018.002, por concepto de feriado legal y proporcional.-
e).- Remuneración por los seis días trabajados en julio ascendente a la suma de
$201.800”.

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