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Ordenan al Servicio de Salud Coquimbo indemnizar por muerte de niña en Hospital de Ovalle

El Segundo Juzgado de Letras de La Serena condenó al Servicio de Salud de Coquimbo a pagar una indemnización de perjuicios a la madre de una menor de 7 años que falleció en el Hospital de Ovalle el 15 julio de 2014, por falta de servicio del centro asistencial.

En el fallo (causa rol 666-2015), la magistrada Ghislaine Landarretche ordena al servicio pagar $80.000.000 (ochenta millones de pesos) a la madre de la niña, por concepto de daño moral.

“(…) Todos los antecedentes allegados al proceso resultan indiciarios que los síntomas con los que acudió a la menor al servicio de urgencia, fiebre, vómitos, dolor y edema en la pierna derecha, desde un principio revestía gravedad, lo que la hace concurrir precisamente a la Urgencia del Hospital a altas horas de la noche esperando la prestación debida de un profesional que reviste precisamente la calidad de pediatra, el que debió realizar y requerir los exámenes físicos y de laboratorio pertinentes ante la sintomatología que se evidenciaba , nada de lo cual se hizo, disponiendo que se fuera a su casa; exámenes que hubiesen permitido detectar la infección que se cursaba, exponiéndola a que por el retraso en la detección de la infección, que solo se detectó al día siguiente, el deterioro en el estado de la menor fuera de tal magnitud que pese a los intentos que se hicieron por estabilizarla, evolucionara tórpida y rápidamente derivando en sucesivos paro cardiorrespiratorios que condujeron finalmente a su fallecimiento”, sostiene el fallo.

Por lo que, concluye: “Que se hace lugar a la demanda de indemnización de perjuicios, declarándose la responsabilidad por falta de servicio que le cupo al demandado Servicio de Salud de Coquimbo en los hechos que rodearon el deceso de Fernanda Cumilef Cortes, hija de la demandante, irrogándole un perjuicio consistente en el daño moral sufrido por el fallecimiento de la niña y en consecuencia se condena al demandado a agar por concepto de indemnización de perjuicios la suma de $80.000.000 ( ochenta millones de pesos )”.

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