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Ordenan a Servicio de Salud de Coquimbo indemnizar a madre por muerte de nonata en hospital de Ovalle

La Corte de Apelaciones de La Serena condenó al Servicio de Salud Coquimbo a pagar una indemnización a Paulina Andrea Cortés Araya, quien perdió una hija en marzo de 2013 producto de una cesárea tardía practicada en el hospital de Ovalle, pese a presentar un embarazo de alto riesgo.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia recurrida, dictada por el Tercer Juzgado de Letras de La Serena, que ordenó al servicio sanitario indemnizar a Cortés Araya, elevando a $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) el monto a pagar.

En el fallo de primera instancia, la jueza Cecilia Rojas estableció que “(…)el Servicio de Salud de Coquimbo, a través del Hospital Antonio Tirado Lamas de la ciudad de Ovalle y de los agentes dependientes del mismo, actuó de forma inoportuna e ineficiente en la atención del parto y realización de la cesárea de doña Paulina Cortés Araya, ya que a pesar de (…) lo indicado por el médico que la atendió el 1 de marzo de 2013 en el Policlínico de Alto Riesgo Obstétrico, postergó en casi una semana más la realización de la cesárea, para el 19 de marzo de 2014”.

La resolución agrega que “la actuación tardía e inoportuna del Servicio de Salud de Coquimbo, a través del Hospital de Ovalle y de los dependientes a cargo de Paulina Cortés Araya, causó la muerte del bebé, que hasta el 15 de marzo de 2013 estaba vivo. Es decir, si la cesárea se hubiera realizado el día que estaba programada, esto es, el 14 de marzo de 2013 según se probó en el considerando décimo tercero, es altamente probable que su hijo aún estuviera vivo”.

Razonamiento que el tribunal de alzada confirmó, pero “atendida la naturaleza y extensión del daño emocional sufrido por la actora, acreditado con la testimonial rendida por ella, estos sentenciadores estiman prudente y equitativo elevar el monto de la indemnización otorgada en el fallo en alzada (…), teniendo en cuenta para ello la gravedad de las consecuencias del hecho acreditado, el cual alteró completamente y de por vida el existir de la demandante Cortés Araya”.

Por ello “se fija en la suma de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) la indemnización que por concepto de daño moral debe pagar la demandada Servicio de Salud de la Región de Coquimbo a la actora doña Paulina Andrea Cortés Araya”, concluye.

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