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Libertad vigilada intensiva a primer imputado gracias a la “Ley Emilia”

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó hoy –martes 27 de octubre– a Nelson Edwin Barahona Ávalos a la pena de 5 años de presidio, sustituyendo la pena efectiva por la libertad vigilada intensiva, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte de Luis Gerardo Muñoz Vega, ilícito perpetrado en abril pasado, en la localidad de Quilimarí, comuna de Los Vilos.

La sentencia, es la primera que dicta el tribunal desde la entrada en vigencia, en septiembre de 2014, de la denominada “Ley Emilia”.

En fallo unánime (causa rol 176-2015), el tribunal –integrado por los magistrados Claudio Weishaupt Milner (presidente) Victoria Gallardo Labraña (redactora) y Cristián Alfonso Durruty– condenó, además, a Barahona Ávalos, al pago de una multa de 10 unidades tributarias mensuales y a la accesorias legales de inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.

La resolución del tribunal da por acreditado más allá de toda duda razonable que “el conductor que manejaba por la vía pública, por calle Amador Iglesias, de la comuna de Quilimarí, la camioneta marca Chevrolet, al momento de ocurrencia de los hechos, estaba en estado de ebriedad, con una graduación de alcohol en su sangre de a lo menos 1.20 gramos por mil, conforme se acreditó en el informe pericial químico acompañado y que a consecuencia de ello, perdió el control del móvil, impactando el muro en el cual se encontrada sentada la víctima, cercenándole con ese golpe de alta energía, sus dos piernas, siendo trasladado el afectado al Hospital de Los Vilos en primera instancia y luego al Hospital de Coquimbo, en donde fallece a causa del traumatismo de extremidades inferiores, causado por accidente de tránsito, el día 19 de abril de este año, conforme lo concluyó la perito médico legal y se constata en el certificado de defunción”.

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